LAS NORMAS DE BASILEA Y LAS COOPERATIVAS DE AHORRO
Y CREDITO.
Simeón Saint-hilaire Valerio
Las normas de Basilea son el resultado de las decisiones
del Grupo de los 10 países más industrializados del mundo, quienes, representados
por los Bancos Centrales y Organismos de Supervisión de cada país, aprobaron 25
Principios que sientan las bases para una regulación prudencial del sistema bancario de cada nación. El documento que contiene los Principios Básicos para la Supervisión Bancaria efectiva fue aprobado en
1997, pero periódicamente se revisa para ajustarlos a los requerimientos del
momento.
Las decisiones tomadas por el Comité de Basilea en materia de supervisión bancaria no son frutos del azar, ni mucho menos del capricho
de los representantes que forman el Comité, obedece a las situaciones de crisis e inestabilidad financiera que experimentaron
varios países. Estas razones engendraron la
necesadad de contemplar un conjunto de principios que estandarizara la
regulación y el control del sistema financiero de cada nación, lo que obviamente, contribuye a la disminución de los riesgos en las operaciones bancarias.
Quien no conozca las Normas de Basilea podría suponer
que la enunciación de estos principios está sujeta a la presentación única de un conjunto de índices numéricos con la complejidad
que caracteriza los métodos de cálculos matemáticos. Sin embargo, en pocos casos encontramos algunas referencias
sobre el cálculo de indicadores, es el caso del índice de solvencia de capital . Claro
que la determinación del índice de solvencia supone un procedimiento matemático con los componentes del balance general desglosado,
pero, clasificado con un amplio criterio de evaluación y consideraciones que en ocasiones podrían calificarse como subjetivas.
Los Principios de Basilea insisten sobre las condiciones que deben crearse para lograr una supervisión
eficaz. Además de las condiciones macroeconómicas, se plantea la necesidad de una legislación armónica con los principios,
que importantice las funciones del supervisor, asignándole la facultad
para decidir sobre el destino de las entidades con problemas. De igual
manera, el supervisonr queda falcultado para decidir los límites de crecimiento
de cada entidad financiera, toda vez que la creaciòn de nuevos activos de riesgos está sujeta al excedene de capital normativo.
Hay otras exigencias
relacionadas con la organización interna de las empresas supervisadas en cuanto a los registros y envío de informaciones
a la entidad supervisora, lo mismo que la adecuación de las políticas contables existentes. Se exige un nivel de
información comparable con todos los miembros del sistema financiero de cada
país, lo cual talvez no sea nuevo, pero adquiere un rigor de vital importancia en la visión de Basilea.
Una vez logrado el conjunto de condiciones, la supervisión
bancaria debe realizarse en dos formas: una supervisión in situ o lugar de trabajo y la otra
de gabinete. Esta última se efectúa mediante el control y monitoreo a
través de las informaciones estadística, con el auxilio de modelos de indicadores, de los cuales, los más conocidos son CAMEL,
PERLAS Y Alerta Temprana, que permiten identificar las irregularidades a tiempo. Este tipo de supervisión, cuando se tienen todos los mecanismos necesarios, es eficaz,
dado que la detección de las anomalías implica el envío de un supervisor al lugar de trabajo con la misión de investigar las causas de los problemas determinados, proponiendo la forma de solucionarlo.
Por otra parte,
el Comité de Basilea recomienda un nivel de capital mínimo, relacionado
con el activo de riesgos ponderado, el cual no debe ser menor a un 8%. En su
definición, este capital incluye varios
componentes, entre los cuales se destacan el capital básico o accinario y el capital adicional, indicando que el primero debe ser por lo menos el 50% del total.
Es importante aclarar que esta visión de la supervisión bancaria destaca la relación del
capital con el activo de riesgos, en vez de relacionarlo con el total de lo pasivos
de la empresa. Este cambio obedece al hecho de que son los activos los que
cubren los compromisos con terceros, en cambio, el capital permite absorber
pérdidas, de donde se deduce que a mayor monto de activos de riesgos, mayor debe
ser el monto de capital de la entidad, porque esto, permitiría cubrir los riesgos eventuales por malas inversiones de
la administración.
Bajo los principios
de Basilea, las ponderaciones adoptadas para los activos están en proporción
inversa al grado de liquidez, esto pone en evidencia, que el activo de menor
riesgo es el efectivo en caja, mientras que, por el contrario, el de mayor riesgo
es la cartera de crédito, seguido por todas aquellas inversiones que para liquidarse
sea necesario recurrir a transacciones comerciales más o menos complejas.
Desde el punto de vista de estas consideraciones,
la entidad financiera debe tratar de diversificar los riesgos, mediante la concepción
de créditos al mayor número de personas, lo que le permitirá aligerar las necesidades de capital ya que las posibilidades de pérdidas se reducen cuando no existe concentración de la cartera de préstamos.
Todos los activos de riesgos, eventualmente consumen
patrimonio, en diferentes escalas, lo que deja ver con claridad lo importante
que es tener una clasificación de cartera con el menor riesgo posible. Las Normas de Basilea reconocen tres grandes clasificaciones: comercial, hipotecaria y de consumo, lo cual hace suponer que la cartera que tiene
una garantía hipotecaria en primer rango tendrá menor riesgos que la demás, permitiendo reducir el nivel de provisiones necesarias,
y a su vez, el consumo de patrimonio generado en el proceso operativo normal
de la empresa.
Basilea y las Cooperatilvas de de A & C.
Es evidente que el
Comité de Basilea no obliga a las cooperativas de ahorro y crédito a entrar al proceso de supervisión prudencial, pero tampoco rechaza una decisión en
esta dirección. Más aun, es importante que esta parte del sector financiero de
cada país se prepare para recibir la supervisión como una forma de poder competir en igualdad de condiciones con los demás
sectores de la llamada banca formar.
De dónde, pues, surgen estas apreciaciones y voces
autorizadas que plantean la entrada de este subsector al programa de supervisión?
Esto, claro está, no es más que una decisión sabia e inteligente de los
integrantes de esta área del sistema financiero de nuestro país, como una manera
de que se les reconozca el aporte y la importancia de estas empresas y que se
comprenda que los ahorros de sus asociados son de
interés público, como los que existen en otros intermediarios financieros por
lo que son parte de la economía de la nación, de la cual debe cuidar el Estado
que representa a todos los ciudadanos.
Por otro lado,
la legislación existente en materia bancaria, faculta a la Superintendencia
de Bancos de nuestro país a supervisar cooperativas de ahorro y créditos, amparada en la
Ley General de Bancos 708 del 14 abril de 1965. En su Artículo 9 esta
ley define lo que son instituciones bancarias, objeto de supervisión, señalando “que toda persona o entidad publica
o privada que se dedique a prestar y captar fondos del público es objeto de supervisión
por mandato de ley”, lo que significa que siendo las cooperativas
de ahorro y créditos, entidades que captan recursos, no queda duda de que deben ser supervisadas para que los ahorros de sus
socios sean vigilados y protegidos por dicho organismo en representación del Estado Dominicano. Así mismo, la supervisión debe ser vista
como un instrumento de asesoría, que se suma al desenvolvimiento gerencial, toda vez que
ofrece parámetros de medición y pautas de administración prudencial que pueden ser aprovechadas en favor de la gestión empresarial.
Finalmente, entendemos que las cooperativas de ahorro y crédito de República Dominicana, están en condiciones generales para que se aplique un programa de regulación y supervisión con los rigores y exigencias
de las Normas de Basilea, y con las adaptaciones que las autoridades de supervisión
de nuestro país entiendan que deba realizarse, buscando hacer menos traumático el referido proceso.